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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
246858
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 274

EMPLAZAMIENTO. DEBE HACERSE POR CEDULA SI, A LA SEGUNDA BUSQUEDA, NO SE ENCUENTRA AL INTERESADO.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 274

Precedentes

Amparo en revisión 238/86. Rafael Ochoa Díaz y Teresa Ochoa Ochoa. 1o. de octubre de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: Francisco José Domínguez Ramírez. Secretario: Héctor Flores Guerrero. Nota: En el Informe de 1987, la tesis aparece bajo el rubro "EMPLAZAMIENTO. DEBE HACERSE POR CEDULA SI A LA SEGUNDA BUSQUEDA, NO SE ENCUENTRA AL INTERESADO.".
Registro digital (IUS): 246858