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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 246858
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 274
EMPLAZAMIENTO. DEBE HACERSE POR CEDULA SI, A LA SEGUNDA BUSQUEDA, NO SE ENCUENTRA AL INTERESADO.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 274
El artículo 112 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Jalisco, dispone que, si se tratare de notificación de la demanda y a la primera búsqueda no se encontrara al demandado, se le dejará citatorio para hora fija del día siguiente y, si no espera, se le hará la notificación por cédula. Es fácil advertir pues, de tal precepto, que la cédula es precisamente el medio para notificar al reo la demanda entablada en su contra y no puede, por tanto, considerarse válidamente que su entrega, junto con otros documentos, constituye sólo un acto accesorio de la notificación propiamente dicha. Luego entonces, si en la especie el secretario ejecutor responsable, al practicar el emplazamiento de los quejosos al juicio de origen, no entregó la cédula correspondiente a la persona con quien entendió la diligencia, sino únicamente se concretó a entregarle copias simples de ley y a hacerle saber a los demandados, por conducto de aquélla, el término que tienen para hacer valer sus derechos, inobservó las formalidades establecidas en el numeral a estudio, de suerte que la mencionada actuación es nula al tenor del artículo 70 del Enjuiciamiento Civil Local.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 238/86. Rafael Ochoa Díaz y Teresa Ochoa Ochoa. 1o. de octubre de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: Francisco José Domínguez Ramírez. Secretario: Héctor Flores Guerrero.
Nota: En el Informe de 1987, la tesis aparece bajo el rubro "EMPLAZAMIENTO. DEBE HACERSE POR CEDULA SI A LA SEGUNDA BUSQUEDA, NO SE ENCUENTRA AL INTERESADO.".