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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
246872
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 282

ENDOSO POR SOCIEDAD EXTRANJERA.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 282

Precedentes

Amparo en revisión 973/87. Cobre Electrónica, S. A. 1o. de octubre de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Villegas Vázquez. Secretario: Guillermo Campos Osorio. Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 6/88 resuelta por la Tercera Sala, de la que derivó la tesis 3a. 46, que aparece publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Octava Epoca, Tomo 22-24, octubre-diciembre de 1989, página 62, con el rubro: "TITULO DE CREDITO ENDOSADO EN PROCURACION POR UNA SOCIEDAD EXTRANJERA. PARA EXIGIR JUDICIALMENTE SU PAGO NO ES NECESARIO ACREDITAR LA EXISTENCIA LEGAL DE LA ENDOSANTE."
Registro digital (IUS): 246872