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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 246881
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 290
EXCLUYENTE DE RESPONSABILIDAD. NO OPERA SI ADEMAS DE NO DEMOSTRARSE PLENAMENTE, SE PRETENDE HACER VALER DESPUES DE UN AÑO DE QUE OCURRIERON LOS HECHOS Y DE ENCONTRARSE EL REO DETENIDO.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 290
Es de explorado derecho que para que una excluyente de responsabilidad se declare operante, debe probarse plenamente, por tanto, si en la especie no tan sólo no se acreditaron en forma plena los hechos constitutivos de tal excluyente, sino que, además la misma se hizo valer cuando había transcurrido más de un año de que ocurrieron los hechos y de que el reo fue detenido, lo cual sin duda revela que la pretendida excluyente no es más que un medio defensivo del quejoso, es claro que en manera alguna podría legalmente declararse operante la multicitada excluyente.
TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 39/87. Jorge Antonio González González. 14 de agosto de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: J. Guadalupe Torres Morales. Secretario: José Montes Quintero.