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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
246893
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 298

FALSEDAD EN DECLARACIONES JUDICIALES E INFORMES DADOS A UNA AUTORIDAD, CUANDO LA AUTORIDAD NO EXAMINA SOBRE LOS HECHOS DENUNCIADOS. INEXISTENCIA DEL DELITO (LEGISLACION DEL ESTADO DE TLAXCALA).

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 298

Precedentes

Amparo en revisión 402/87. Ignacio Pérez Lima. 22 de septiembre de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: Marco Antonio Arroyo Montero. Secretario: Guillermo Báez Pérez.
Registro digital (IUS): 246893