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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 246906
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 308
FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, OMISION DE LA INSCRIPCION EN EL INSTITUTO DEL.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 308
La omisión de inscribir a un trabajador al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, no constituye falta de propiedad que motive la procedencia de la acción de rescisión del contrato de trabajo por causas imputables al patrón, porque los artículos 20, 21 y 32 de la ley reglamentaria de dicha institución, determinan que ante ese incumplimiento, los trabajadores pueden acudir ante dicho organismo a proporcionar los informes correspondientes a su inscripción.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 2879/85. Javier Peña Hernández. 20 de mayo de 1987. Ponente: Roberto Gómez Argüello. Secretario: Gilberto León Hernández.
Nota: En el Informe de 1987, la tesis aparece bajo el rubro "INSCRIPCION EN EL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES OMISION DE LA.".