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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 246916
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 314
FRAUDE POR SIMULACION, CONCEPTO DE ACTO EN DELITO DE.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 314
El tipo delictivo previsto por la fracción X del artículo 387 del Código Penal para el Distrito Federal en Materia de Fuero Común, y para toda la República en Materia de Fuero Federal, al referirse "Al que simulare un contrato, un acto o escrito judicial...", no alude al acto jurídico con la connotación técnica que éste tiene en el derecho común, como la manifestación de voluntad para crear, transferir, modificar o extinguir derechos y obligaciones, sino para los efectos de la ley penal, que busca la verdad real y no solamente la formal, por acto simulado debe entenderse todo hecho que se hace aparecer ante la autoridad judicial como existente, sin serlo.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 4/87. Elizabeth Ann Renstrom Anderson. 13 de febrero de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: J. Jesús Duarte Cano. Secretario: Juan Wilfrido Gutiérrez Cruz.