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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la contradicción de tesis 197/2011, de la que derivó la tesis jurisprudencial 2a./J. 143/2011 (9a.) de rubro: "HORAS EXTRAORDINARIAS PARA LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL ESTADO DE JALISCO. SUELDO BASE PARA SU CUANTIFICACIÓN.", publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, Libro III, Tomo 4, diciembre de 2011, página 2833.

Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
246925
Clave de tesis
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 324

HORAS EXTRAS. COMO DEBEN PAGARSE CUANDO SE LABORAN EN DIA DE DESCANSO OBLIGATORIO.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 324

Precedentes

Amparo directo 1807/86. Refugio Guevara y otros. 13 de mayo de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: Hilario Bárcenas Chávez. Secretario: Francisco Taboada González. Nota: Esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la contradicción de tesis 197/2011, de la que derivó la tesis jurisprudencial 2a./J. 143/2011 (9a.) de rubro: "HORAS EXTRAORDINARIAS PARA LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL ESTADO DE JALISCO. SUELDO BASE PARA SU CUANTIFICACIÓN.", publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, Libro III, Tomo 4, diciembre de 2011, página 2833.
Registro digital (IUS): 246925