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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 246926
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 324
HORAS EXTRAORDINARIAS.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 324
El hecho de que el trabajador al absolver posiciones haya manifestado que sus labores las efectuaba en forma legal, no es suficiente para tener por probado que no trabajaba horas extraordinarias, toda vez que no se habla de "jornada de trabajo" sino de la forma en que se desarrollaban las labores.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 34/87. Jorge Bravo Díaz. 8 de mayo de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: José Refugio Raya Arredondo. Secretaria: Nora María Ramírez Pérez.