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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
246936
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 332

INCOMPETENCIA DE JUECES DE DISTRITO, DEBEN DECLARAR SU, Y NO SOBRESEER EN EL JUICIO CUANDO ESTIMAN QUE LA VIA PARA COMBATIR EL ACTO RECLAMADO ES EL AMPARO DIRECTO.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 332

Precedentes

Amparo en revisión 365/86. Impulsora Industrial Forestal, S. A. 9 de octubre de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: Angel Gregorio Vázquez González. Secretario: Luis Ignacio Rosas González.
Registro digital (IUS): 246936