Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/246948
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 246948
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 339
INFORME JUSTIFICADO, LA NEGATIVA CONTENIDA EN EL RENDIDO POR EL PROCURADOR GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, NO VINCULA A SUS INFERIORES JERARQUICOS.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 339
La circunstancia de que el procurador general de Justicia del Distrito Federal hubiera negado el acto que se le reclamó, de ninguna manera vinculada a sus inferiores jerárquicos a esa negativa, haciéndola extensiva para ellos, pues cada autoridad responde por sí misma de sus actos, de acuerdo con sus funciones específicas.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 107/87. Roberto Aguilar Cabrera. 30 de abril de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: Elvia Díaz de León de López. Secretaria: Marta Leonor Bautista de la Luz.