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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
247048
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 406

NOTIFICACION POR CEDULA. MOMENTO EN QUE SURTE SUS EFECTOS Y EMPIEZA A CORRER TODO TERMINO JUDICIAL.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 406

Precedentes

Amparo directo 1422/86. Ramiro Cuevas Pérez. 16 de octubre de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: Rodolfo Moreno Ballinas. Secretario: Francisco Javier Hernández Partida. Nota: En el Informe de 1987, la tesis aparece bajo el rubro "NOTIFICACION POR CEDULA. MOMENTO EN QUE SURTE SUS EFECTOS; Y EMPIEZA A CORRER TODO TERMINO JUDICIAL EN EL CASO DE.".
Registro digital (IUS): 247048