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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 247081
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 430
PENAS CORPORALES, COMPURGACION SUCESIVA DE LAS.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 430
Si el recurrente se encuentra compurgando una pena privativa de libertad impuesta en el fuero común, y posteriormente un Tribunal Unitario le impone diversa sanción corporal por otro ilícito; es evidente que las sanciones referidas, resultado de diversos delitos cometidos en momentos diferentes, deben compurgarse separadamente, pues es de explorado derecho que las penas corporales deben compurgarse sucesivamente, ya que en el caso contrario la sanción impuesta en la primera causa deduciría de la fijada en la ulterior y ese proceder equivaldría a cumplir una sola sanción por delitos autónomos y diversos.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO NOVENO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 216/86. Luis Restrepo Hernández. 25 de marzo de 1987. Ponente: Martín Borrego Martínez.