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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 247087
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 434
PERSONALIDAD, EXCEPCION DE FALTA DE. JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 434
La excepción de falta de personalidad, opuesta por el demandado en el juicio ejecutivo mercantil, no debe ser tramitada como de previo y especial pronunciamiento, pues conforme a los artículos 1357 y 1414 del Código de Comercio, no se señala procedimiento para la resolución de excepciones dilatorias, como la mencionada; por ello, en las sentencias que se pronuncien en esta clase de juicios, debe resolverse sobre la aludida excepción.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL NOVENO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 408/87. Elya, S. A. de C. V. 29 de octubre de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Baltazar Alvear. Secretaria: Olga Iliana Saldaña Durán.
Amparo en revisión 392/87. Elya, S. A. de C. V. 29 de octubre de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Baltazar Alvear. Secretaria: Olga Iliana Saldaña Durán.