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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 247088
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 434
PERSONALIDAD. FORMA EN QUE DEBEN ACREDITARLA LOS TITULARES DE LAS DEPENDENCIAS OFICIALES ANTE EL TRIBUNAL FEDERAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 434
El artículo 134 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado dispone que los titulares podrán hacerse representar a juicio por apoderados que acrediten ese carácter mediante simple oficio. Una correcta interpretación de dicho precepto permite concluir, que para que se reconozca esa personalidad no es necesario que se acompañe a la demanda el original de un oficio particularizado al juicio en el que se comparece, pues basta que el carácter de apoderado se encuentre acreditado ante el tribunal en forma general y que se acompañe copia certificada del oficio que así lo demuestre, para que se tenga por legalmente acreditado el carácter señalado, pues sostener lo contrario va más allá del texto de la ley e impondría una carga que el legislador no estableció para los titulares de las dependencias oficiales.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 257/87. Fernando Torices Fernández. 10 de junio de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: Adolfo O. Aragón Mendía. Secretario: Enrique Chan Cota.
Informe 1987, página 314. Amparo en revisión 246/86. Angel Jesús Aguayo Cruz. 31 de enero de 1986. Unanimidad de votos. Ponente: Hilario Bárcenas Chávez. Secretaria: Honoria Cabrera Huitrón.
Informe 1987, página 314. Amparo en revisión 169/85. Juana Alejandra Otero Vázquez. 30 de mayo de 1986. Unanimidad de votos. Ponente: Hilario Bárcenas Chávez. Secretario: Emiliano Hernández Salazar.
Nota: En los Volúmenes 205-216, la tesis aparece bajo el rubro "TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO. PERSONALIDAD. FORMA EN QUE DEBEN ACREDITARLA LOS TITULARES DE LAS DEPENDENCIAS OFICIALES ANTE EL TRIBUNAL FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE.".