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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
247112
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 451

PRESCRIPCION DE LA ACCION PARA DESPEDIR AL TRABAJADOR. EMPIEZA A CORRER DESDE EL MOMENTO EN QUE LOS AGENTES DE LA EMPRESA TIENEN CONOCIMIENTO DE LOS HECHOS IMPUTABLES AL TRABAJADOR.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 451

Precedentes

Amparo directo 815/86. Ferrocarriles Nacionales de México. 26 de agosto de 1987. Ponente: Tomás Enrique Ochoa Moguel. Secretario: Héctor Riveros Caraza.
Registro digital (IUS): 247112