Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/247113
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
247113
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 452

PRESCRIPCION, EXCEPCION DE. NO PUEDE OPONERSE Y AL MISMO TIEMPO ALEGAR QUE EL TRABAJADOR NO FUE DESPEDIDO.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 452

Precedentes

Amparo directo 491/87. Sergio Ramón Parra Guerrero. 2 de octubre de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: Felipe García Cárdenas. Secretario: Eduardo Ochoa Torres. Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 59/93 resuelta por la Cuarta Sala, de la que derivó la tesis 4a./J. 19/94, que aparece publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Octava Epoca, Número 78, página 33, con el rubro: "PRESCRIPCION. EXCEPCION DE, PUEDE OPONERSE VALIDAMENTE AUNQUE SE NIEGUE EL DESPIDO."
Registro digital (IUS): 247113