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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
247134
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 465

PROCURADOR GENERAL DE LA REPUBLICA, ES AUTORIDAD RESPONSABLE EJECUTORA EN EL AMPARO, CUANDO EL ACTO RECLAMADO ES UNA ORDEN DE APREHENSION LIBRADA POR UN JUEZ FEDERAL.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 465

Precedentes

Amparo en revisión 307/786. Félix Gutiérrez Martínez y coagraviados. 30 de junio de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Velasco Félix.
Registro digital (IUS): 247134