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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
247149
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 478

PRUEBA DOCUMENTAL EN EL AMPARO. JUICIO DIVERSO EN EL MISMO JUZGADO.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 478

Precedentes

Amparo en revisión 262/86. Rita Gamboa Bermúdez. 24 de febrero de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: J. Mario Machorro Castillo. Notas: En el Informe de 1987, la tesis aparece bajo el rubro "AMPARO. PRUEBA DOCUMENTAL EN EL.". Esta tesis contendió en la contradicción 51/2006-PS resuelta por la Primera Sala, de la que derivó la tesis 1a./J. 68/2006, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXIV, noviembre de 2006, página 13, con el rubro: "ACTUACIONES CONCLUIDAS. PUEDEN SOLICITARSE SUS ORIGINALES A CUALQUIER AUTORIDAD O FUNCIONARIO, AUN CUANDO NO SEA AUTORIDAD RESPONSABLE, SIEMPRE Y CUANDO TENGAN RELACIÓN CON LA LITIS CONSTITUCIONAL (INTERPRETACIÓN DEL ÚLTIMO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 152 DE LA LEY DE AMPARO)."
Registro digital (IUS): 247149