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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria de fecha 19 de junio de 2002, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 82/2000-PS en que participó el presente criterio.

Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
247154
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 481

PRUEBA PERICIAL EN EL JUICIO DE AMPARO. EN SU INTEGRACION Y DESAHOGO NO RIGE EL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 481

Precedentes

Queja laboral 20/87. Jesús González Moreno. 6 de octubre de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: J. Mario Machorro Castillo. Nota: Por ejecutoria de fecha 19 de junio de 2002, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 82/2000-PS en que participó el presente criterio.
Registro digital (IUS): 247154