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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
247163
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 486

PRUEBA PERICIAL, VIOLACION DE PROCEDIMIENTO. CASOS EN QUE EXISTE EN SU DESAHOGO.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 486

Precedentes

Amparo directo 4208/87. Víctor Azael Escobedo Rivera. 11 de noviembre de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: Adolfo O. Aragón Mendía. Secretario: Enrique Chan Cota. Amparo directo 3107/87. Héctor Martín Díaz González. 14 de octubre de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: F. Javier Mijangos Navarro. Secretario: Fernando Lundez Vargas. Amparo directo 1943/87. José Antonio Gutiérrez Muñoz. 7 de octubre de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: F. Javier Mijangos Navarro. Secretaria: Teresa Irma Fragoso Pérez. Nota: En el Informe de 1987, la tesis aparece bajo el rubro "PRUEBA PERICIAL, VIOLACION DE PROCEDIMIENTO. CASOS EN QUE EXISTE EN EL DESAHOGO DE LA.".
Registro digital (IUS): 247163