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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 247179
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 496
PRUEBAS INUTILES. CUANDO NO SON.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 496
La Ley Federal del Trabajo autoriza a las Juntas de Conciliación y Arbitraje para desechar las pruebas que consideren inútiles, lo que no quiere decir que estén facultadas para dejar de admitirlas por prejuicios sobre su eficacia. La prueba es inútil cuando ningún servicio es capaz de prestar para alcanzar el convencimiento que se busca en relación a los hechos debatidos, y si el medio de prueba que se propone podría al menos traducirse en indicio, de ahí se colige que no es inútil y que en consecuencia debe recibirse.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL CUARTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 275/87. Valente Gutiérrez Jaramillo. 29 de junio de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: José Antonio Hernández Martínez. Secretario: Abraham S. Marcos Valdés.
Nota: En el Informe de 1987, la tesis aparece bajo el rubro "PRUEBAS INUTILES. CUALES NO SON.".