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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 247185
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 499
PRUEBAS, OPORTUNIDAD DEL OFRECIMIENTO DE MEDIOS PARA EL PERFECCIONAMIENTO DE LAS.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 499
La circunstancia de que con posterioridad al ofrecimiento de pruebas hecho por el demandado, el actor proponga medios para el perfeccionamiento de las probanzas que por su parte hubiere ofrecido, no puede llevar a considerar que tal proposición sea extemporánea, porque es evidente que sólo después de conocer las objeciones formuladas por la contraparte se da la necesidad de proponer los medios con los que habrán de perfeccionarse las probanzas impugnadas; con antelación a dichas objeciones, únicamente podría hacerse un ofrecimiento condicionado a la posibilidad de que la parte contraria objetare las pruebas propuestas, ofrecimiento anticipado e hipotético que no es legal exigir a los contendientes.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 1022/87. Bernardino Ramírez España. 25 de septiembre de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: César Esquinca Muñoa. Secretario: Juan Manuel Alcántara Moreno.