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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
247216
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 523

RECONVENCION, ACLARACION PERTINENTE DE LA, SI SE HACE ESTA DENTRO DEL TERMINO PARA CONTESTAR LA DEMANDA.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 523

Precedentes

Amparo directo 1747/86. Carlos de la Peña y Quintero. 12 de febrero de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: José Rojas Aja. Secretario: francisco Sánchez Planells. Nota: En el Informe de 1987, la tesis aparece bajo el rubro "RECONVENCION. PUEDE SER OBJETO DE ACLARACION POSTERIOR, SI SE HACE ESTA DENTRO DEL TERMINO PARA CONTESTAR LA DEMANDA.".
Registro digital (IUS): 247216