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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 247231
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 532
REINSTALACION, NECESARIA PRESENCIA DE LOS TRABAJADORES PARA LA.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 532
Para los efectos de la reinstalación, es necesaria la presencia física de los trabajadores en la fuente del trabajo, dado que precisamente se debe constatar que empezaron a desarrollar sus labores, lo cual no sería posible verificar sin su presencia física.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL OCTAVO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 16/87. Josefina Zaragoza Nicolás y coagraviadas. 21 de mayo de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: Fernando A. Yates Valdez. Secretario: Marco antonio Arredondo Elías.