Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/247233
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 247233
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 533
REINSTALACION. PROCEDE HASTA ANTES DE CERRARSE LA INSTRUCCION, PARA EL SOLO EFECTO DE LOS SALARIOS CAIDOS.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 533
El ofrecimiento hecho por el demandado para que se le reinstale al actor al centro de trabajo, produce efectos jurídicos si se hace en cualquier período del juicio hasta antes del cierre de la instrucción, y si el trabajador sin base legal se niega aceptar tal ofrecimiento, ello libera al demandado del pago de los salarios caídos reclamados hasta ese momento, dado que la negativa del actor entraña su deseo de que no subsista la relación de trabajo quedando las partes a las resultas del juicio.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 182/87. Filogonio Velázquez López. 29 de septiembre de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: Gilberto Chávez Priego. Secretario: José Ignacio Valle Oropeza.