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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 247235
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 534
REIVINDICACION, IDENTIFICACION DEL BIEN MATERIA DE LA. NO PROCEDE EN EJECUCION DE LA SENTENCIA.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 534
Como es requisito sustancial de la acción conforme a la tesis jurisprudencial 17 del último Apéndice del Semanario Judicial Federal, la identificación del inmueble reclamado, debe hacerse necesariamente durante el juicio, con prueba pericial de agrimensores, para acreditarse si la extensión cuestionada realmente corresponde al accionante, por lo que es infundado el fallo que manda determinarlo al tiempo de ejecutar la sentencia del juicio reivindicatorio.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL CUARTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 476/87. Arturo Villarreal Villarreal. 23 de octubre de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: Federico Taboada Andraca. Secretaria: Lulú Guerrero Valdés.
Nota: En el Informe de 1987, la tesis aparece bajo el rubro "REIVINDICACION. NO PROCEDE EN EJECUCION DE LA SENTENCIA, IDENTIFICAR EL BIEN REIVINDICADO.".