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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 247244
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 540
REMATE, PREFERENCIA DEL ACREEDOR HIPOTECARIO RESPECTO DEL ACREEDOR QUIROGRAFARIO PARA LLEVAR A CABO EL.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 540
Como el acreedor hipotecario tiene preferencia sobre el quirografario para que se le pague en primer término con el producto del remate, también lo tiene por igualdad de razón, para celebrar el remate en los términos del artículo 1058, en relación con el 1057 del Código de Procedimientos Civiles de San Luis Potosí, pues no es dable dividir el derecho preferencial, reconociéndolo para el pago e ignorándolo para celebrar el remate, que es el medio jurídico para obtener dicho pago.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL NOVENO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 103/87. Marcelo Hernández Cardona. 23 de abril de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Arizpe Narro. Secretario: Faustino Azpeitia Arellano.
Nota: En el Informe de 1987, la tesis aparece bajo el rubro "REMATE. EL ACREEDOR HIPOTECARIO TIENE PREFERENCIA RESPECTO DEL ACREEDOR QUIROGRAFARIO PARA LLEVAR A CABO EL.".