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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
247334
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 601

SEGURO SOCIAL. PERSONALIDAD. COMO DEBE JUSTIFICARSE EN EL RECURSO DE LA INCONFORMIDAD PREVISTO EN EL REGLAMENTO DEL ARTICULO 274 DE LA LEY.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 601

Precedentes

Amparo directo 1095/86. Bertha Rodríguez Velázquez. 14 de octubre de 1987. Ponente: Juan Solórzano Zavala. Secretario: Sergio Rafael Barba Crosby. Amparo directo 939/86. María Guadalupe Castro Domínguez. 14 de octubre de 1987. Ponente: Juan Solórzano Zavala. Secretario: Sergio Rafael Barba Crosby. Nota: En el Informe de 1987, la tesis aparece bajo el rubro "PERSONALIDAD. COMO DEBE JUSTIFICARSE EN EL RECURSO DE INCONFORMIDAD PREVISTO EN EL REGLAMENTO DEL ARTICULO 274 DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL.".
Registro digital (IUS): 247334