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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 247339
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 605
SEGURO SOCIAL. TRABAJADORES SUSTITUTOS. NO OPERA EN SU FAVOR EL BENEFICIO CONTEMPLADO EN LA CLAUSULA 17 DEL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO QUE RIGE LAS RELACIONES OBRERO PATRONALES EN EL INSTITUTO.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 605
La cláusula 11 de su contrato clasifica a los trabajadores que prestan servicios en el Instituto Mexicano del Seguro Social, siendo unos los trabajadores de base y otros los trabajadores sustitutos; a su vez la cláusula 16 del mismo contrato dispone que son trabajadores de base aquéllos que ocupan en forma definitiva un puesto tabulado, distinguiendo entre este tipo de trabajadores los siguientes: a) Con adscripción y horario fijo y b) Sin adscripción fija y con horario móvil. Por lo mismo, la cláusula 17 de dicho contrato debe apreciarse en relación con las anteriores y especialmente respecto de la cláusula 16, porque se precisa cómo un trabajador de base sin adscripción fija adquiere ésta, al determinar que cuando laboren ininterrumpidamente durante seis meses ocupando el mismo puesto, automáticamente se considerará el lugar donde han prestado sus servicios, como su adscripción definitiva. En consecuencia, la referida cláusula 17 sólo opera en favor de los trabajadores de base que carecen de adscripción fija, pudiendo ser de pie de rama o de categoría autónoma.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 325/87. Instituto Mexicano del Seguro Social. 10 de noviembre de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Jorge Alberto González Alvarez.
Nota: En el Informe de 1987, la tesis aparece bajo el rubro "TRABAJADORES SUSTITUTOS. NO OPERA EN SU FAVOR EL BENEFICIO CONTEMPLADO EN LA CLAUSULA 17 DEL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO QUE RIGE LAS RELACIONES OBRERO PATRONALES EN EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL.".