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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
247344
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 608

SENTENCIAS DE PRIMER GRADO. DEBEN NOTIFICARSE PERSONALMENTE CUANDO NO SE DICTAN DENTRO DEL PLAZO PREVISTO POR EL ARTICULO 78 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DEL ESTADO DE JALISCO.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 608

Precedentes

Amparo en revisión 572/86. Teresa de Jesús Reynoso Gallardo de Miranda. 25 de junio de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Figueroa Cacho. Secretaria: Rosa María Temblador Vidrio.
Registro digital (IUS): 247344