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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 247356
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 617
SOCIEDADES, APODERADOS EN AMPARO DE LAS. APLICACION ACTUAL DE LA TESIS DE JURISPRUDENCIA NUMERO 283, DEL APENDICE AL SEMANARIO JUDICIAL DE LA FEDERACION, FALLOS DE 1917 A 1985, CUARTA PARTE, TERCERA SALA.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 617
No es verdad que la tesis de jurisprudencia número 283, del Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Cuarta Parte, Tercera Sala, haya dejado de tener aplicación, toda vez que aun cuando el artículo 95 del Código de Comercio fue derogado, junto con los demás que formaban el título segundo del libro segundo, denominado "DE LAS SOCIEDADES DE COMERCIO", también lo es que el mismo fue sustituido por la Ley General de Sociedades Mercantiles, la cual establece en su numeral 6o. los hechos que debe contener la escritura constitutiva de una sociedad, datos éstos que deben aparecer anotados en la escritura pública con la que pretenda acreditar el promovente de un juicio de amparo, su carácter de apoderado legal de la sociedad quejosa de que se trate.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL OCTAVO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 271/86. Productora de Implementos Mexicanos, S.A. y coagraviado. 4 de febrero de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: Fernando A. Yates Valdez. Secretario: Marco Antonio Arredondo Elías.
Nota: En el Informe de 1987, la tesis aparece bajo el rubro "APLICACION ACTUAL DE LA TESIS DE JURISPRUDENCIA NUMERO 283, DEL APENDICE AL SEMANARIO JUDICIAL DE LA FEDERACION, FALLOS DE 1917 A 1985, CUARTA PARTE, TERCERA SALA.".