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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 247375
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 632
SUSPENSION DE LA RELACION DE TRABAJO POR FUERZA MAYOR, O CASO FORTUITO, PROCEDENCIA DE LA. SE REQUIERE APROBACION DE LA JUNTA DE CONCILIACION Y ARBITRAJE.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 632
El artículo 429, fracción I, de la Ley Federal del Trabajo señala que en los casos de suspensión de las relaciones de trabajo por fuerza mayor, o caso fortuito, el patrón o su representante, dará aviso de la suspensión, a la Junta de Conciliación y Arbitraje, para que ésta, previo el procedimiento consignado en el artículo 892 y siguientes, la apruebe o la desapruebe, y debe entenderse que al mencionar el aviso de suspensión se está refiriendo expresamente a la relación laboral y no al hecho material de la suspensión del trabajo, y lo que está sujeto a aprobación es propiamente la suspensión de la relación contractual entre la empresa y el trabajador. Por tanto si la quejosa demostró que se llevó a cabo la suspensión de las labores en el establecimiento y que este hecho no le es atribuible, sino al ejecutor de la clausura ordenada por las autoridades administrativas, pero no acreditó haber obtenido una resolución favorable con respecto a la procedencia de la suspensión de las relaciones de trabajo como lo señala el citado precepto, la autoridad responsable obró correctamente al considerar que si existió despido injustificado.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 803/87. Rastro y Frigorífico de Aves de Cuautitlán, S. A. de C. V. 27 de agosto de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: José Angel Mandujano Gordillo. Secretario: Antolín Hiram González Cruz.