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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: El criterio contenido en esta tesis contendió en la contradicción de tesis 13/89, resuelta por la Primera Sala, de la que derivó la tesis 1a. 7, que aparece publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Núm. 29 Mayo de 1990, página 38, con el rubro: "TRATAMIENTO EN SEMILIBERTAD, CORRESPONDE AL EJECUTIVO ESPECIFICAR LOS TERMINOS Y CONDICIONES EN QUE SE DESARROLLARA EL BENEFICIO DE.".

Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
247394
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 645

SUSTITUCION DE LA PENA DE PRISION POR TRATAMIENTO EN SEMILIBERTAD. DEBEN PRECISARSE EN LA SENTENCIA LAS CONDICIONES EN QUE SE EJECUTARA.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 645

Precedentes

Amparo directo 496/86. Ricardo García Bribiesca. 15 de enero de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: J. Jesús Duarte Cano. Secretario: Carlos Loranca Muñoz. Nota: El criterio contenido en esta tesis contendió en la contradicción de tesis 13/89, resuelta por la Primera Sala, de la que derivó la tesis 1a. 7, que aparece publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Núm. 29 Mayo de 1990, página 38, con el rubro: "TRATAMIENTO EN SEMILIBERTAD, CORRESPONDE AL EJECUTIVO ESPECIFICAR LOS TERMINOS Y CONDICIONES EN QUE SE DESARROLLARA EL BENEFICIO DE.".
Registro digital (IUS): 247394