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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 247431
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 666
TITULO DE CREDITO, EXCEPCION DE PAGO.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 666
De la interpretación del artículo 8o. de la Ley de Títulos y Operaciones de Crédito se desprende que contra las acciones derivadas de un título de crédito, si es oponible la excepción de pago, como personal que tenga el demandado en contra del actor cuando el título no ha entrado en la circulación, pues aunque en su fracción VIII sólo se habla del pago parcial que conste en el texto mismo del documento, debe entenderse que ello es en razón de que, de haberse hecho el pago total del documento, éste debe entregarse al deudor que cubrió su importe, pero que no excluye la hipótesis de que a pesar de realizado el pago, por cualquiera evento no se haya recibido el título por el obligado, a quien en esta situación no puede impedírsele que se excepcione en esos términos.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 173/87. Neutrones, S. A. 6 de febrero de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: José Becerra Santiago. Secretario: Gustavo Sosa Ortiz.
Nota: En el Informe de 1987, la tesis aparece bajo el rubro "ARTICULO 8o. DE LA LEY GENERAL DE TITULOS Y OPERACIONES DE CREDITO.".