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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 247438
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 669
TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO DE CHIHUAHUA. INSTANCIAS DENTRO DEL PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 669
El código administrativo del Estado de Chihuahua, en sus artículos 155, 163 y 164 fracción I, contempla dos instancias dentro del procedimiento laboral respecto de los conflictos individuales entre el Estado y sus trabajadores, la primera de ellas ante las Juntas arbitrales y la segunda en revisión, ante el Tribunal de Arbitraje del Estado; por lo que si el quejoso promovió directamente ante el Tribunal de Arbitraje en el Estado, demanda laboral y ésta le fue admitida y seguido el juicio se dictó el laudo respectivo, existe una violación del procedimiento en perjuicio del trabajador, dejándolo en estado de indefensión al no poder acudir ante el referido tribunal en revisión, por lo que debe reponerse el procedimiento para que el Tribunal de Arbitraje en el Estado, sin proveer respecto a la admisión de la demanda, declare su incompetencia, ordenando remitirla a la Junta arbitral correspondiente para su conocimiento.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO SEPTIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 220/86. María Isabel Martínez Avila de Espinoza. 26 de febrero de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: Agustín Cerón Flores. Secretario: Jorge Leopoldo Monárrez Franco.
Sostienen la misma tesis:
Amparo directo 20/87. Bertha Ledezma y Armida Balderrama Avila. 2 de abril de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: Agustín Cerón Flores. Secretario: José Manuel Erives García.
Amparo directo 21/87. María Asunción Primero Paniagua. 7 de mayo de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: Angel Gregorio Vázquez González. Secretario: Luis Ignacio Rosas González.
Amparo directo 221/86. Manuel Avila Sigala. 21 de mayo de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: Cayetano Hernández Valencia. Secretario: Artemio Zavala Córdova.
Amparo directo 36/87. Concepción Lechuga Nieto. 28 de mayo de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: Agustín Cerón Flores. Secretario: Jorge Leopoldo Monárrez Franco.
Notas:
En el Informe de 1987, la tesis aparece bajo el rubro "CONFLICTOS INDIVIDUALES ENTRE EL ESTADO Y SUS TRABAJADORES (LEGISLACION DEL ESTADO DE CHIHUAHUA).".
Este criterio ha integrado la jurisprudencia publicada en el Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1995, Tomo V, Segunda Parte, tesis 961, página 669.