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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 247451
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 679
TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL DISTRITO FEDERAL. NO LES ES APLICABLE POR ANALOGIA EL CRITERIO DE LA TESIS JURISPRUDENCIA "TRIBUNAL FISCAL. EL AMPARO ES PROCEDENTE PARA EL EFECTO DE EXIGIR EL CUMPLIMIENTO DE SUS SENTENCIAS".
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 679
En la tesis jurisprudencial consultable bajo el número trescientos veintiocho, Tercera Parte, página quinientos cincuenta y seis del último Apéndice del Semanario Judicial de la Federación, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sostenido que el juicio de amparo es la vía idónea para obtener el cumplimiento de las sentencias de nulidad pronunciadas por el Tribunal Fiscal de la Federación. Este criterio se funda esencialmente en que de acuerdo con su ley orgánica, aquel tribunal carece de imperio para hacer cumplir sus sentencias, es decir no tiene a su disposición los medios de apremio indispensables para lograr ese fin. Pero tratándose del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal, su ley orgánica sí le confiere imperio para obligar a la autoridad a acatar sus fallos, de allí que al desaparecer en este caso el obstáculo en que se apoya la tesis jurisprudencial en comento, se haga imposible por lo tanto aplicar por analogía la tesis en cita.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 917/87. Edna Patricia Brau de Aragón. 2 de junio de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretaria: Adriana Leticia Campuzano Gallegos.