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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
247459
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 685

VIOLACION IMPROPIA O FICTA, TENTATIVA DE, CONTEMPLADA POR EL ARTICULO 266 DEL CODIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 685

Precedentes

Amparo directo 380/87. Manuel Cuéllar García. 11 de septiembre de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: Alberto Martín Carrasco. Secretario: Rodolfo Bandala Avila. Nota: En el Informe de 1987, la tesis aparece bajo el rubro "TENTATIVA. VIOLACION IMPROPIA O FICTA, CONTEMPLADA POR EL ARTICULO 266 DEL CODIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL.".
Registro digital (IUS): 247459