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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
247480
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 719

TANTO, DERECHO DEL. SU INOBSERVANCIA PRODUCE NULIDAD RELATIVA, Y NO PUEDE INVOCARSE DE OFICIO.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 719

Precedentes

Amparo directo 167/86. Catalina Romero de Luna. 3 de diciembre de 1986. Unanimidad de votos. Ponente: Eric Roberto Santos Partido. Secretaria: María Olivia Luna Pérez. Nota: En el Informe de 1987, la tesis aparece bajo el rubro "DERECHO DEL TANTO, SU INOBSERVANCIA PRODUCE NULIDAD RELATIVA, Y NO PUEDE INVOCARSE DE OFICIO.".
Registro digital (IUS): 247480