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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
247499
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 21

ACCION, CONDICIONES DE PROCEDENCIA DE LA, Y CONDICIONES DE LA ACCION EN SI MISMA.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 21

Precedentes

Amparo directo 352/85. Ramón Pichardo Ríos. 18 de febrero de 1986. Unanimidad de votos. Ponente: Gloria Tello Cuevas. Secretario: J. Jesús Luis Lerma Macías. Nota: En el Informe de 1986, la tesis aparece bajo el rubro "CONDICIONES DE PROCEDENCIA DE LA ACCION Y CONDICIONES DE LA ACCION EN SI MISMA.".
Registro digital (IUS): 247499