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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 247512
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 28
ACTO DE APLICACION, SI NO SE PRUEBA LA EXISTENCIA DEL, EL REGLAMENTO IMPUGNADO NO AFECTA EL INTERES JURIDICO DE LA QUEJOSA.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 28
Si la quejosa no probó la existencia de los actos de aplicación atribuidos a las autoridades ejecutoras, resulta correcta la apreciación del a quo en el sentido de que al no existir actos de aplicación, la sola expedición del Reglamento General para Establecimientos Mercantiles y Espectáculos Públicos en el Distrito Federal, y en particular la fracción III del artículo 31 del mismo, no afecta la esfera jurídica de la quejosa y por lo tanto, se configura en la especie la causal de improcedencia prevista por la fracción V del artículo 73 de la Ley de Amparo.
CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 614/86. Mercantil Júpiter, S. A. 30 de octubre de 1986. Unanimidad de votos. Ponente: Angel Suárez Torres. Secretario: Antonio Meza Alarcón.
Nota: En el Informe de 1986, la tesis aparece bajo el rubro "ACTO DE APLICACION, SI NO SE PRUEBA LA EXISTENCIA DE LOS, EL REGLAMENTO IMPUGNADO NO AFECTA EL INTERES JURIDICO DE LA QUEJOSA.".