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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 247516
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 32
ACTO RECLAMADO, CONOCIMIENTO DEL.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 32
La sola afirmación de la autoridad responsable ordenadora en su informe con justificación, de la fecha en que la quejosa tuvo conocimiento del acto reclamado, no es prueba suficiente para ello, sino que debe acompañar al mismo las constancias correspondientes que así lo acrediten.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO SEGUNDO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 490/85. Bertha Luisa Clouthier de Martínez y otro. 17 de abril de 1986. Unanimidad de votos. Ponente: Ismael Castellanos Rodríguez. Secretario: Jesús Ernesto Cárdenas Fonseca.