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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 247541
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 46
AGRARIO. PRIVACION DE DERECHOS. REQUISITOS ESENCIALES DEL EMPLAZAMIENTO AL JUICIO.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 46
Si el agente municipal del poblado, hizo constar que las cédulas notificatorias correspondientes fueron fijadas en los tableros de acceso a la Oficina Municipal y en los lugares más visibles del poblado, empero, omitió externar cuáles fueron éstos, al faltar tales requisitos, es obvio que el quejoso no fue emplazado debidamente al juicio en el que se le privó de sus derechos agrarios.
TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 4/86. Francisco Soto Rodríguez. 18 de septiembre de 1986. Unanimidad de votos. Ponente: Alfonsina Bertha Navarro Hidalgo. Secretaria: Esperanza Guadalupe Farías Flores.
Amparo en revisión 238/86. Marcelina Jiménez Alvarez. 15 de octubre de 1986. Unanimidad de votos. Ponente: Alfonsina Bertha Navarro Hidalgo. Secretario: Hugo Gómez Avila.
Nota: En el Informe de 1986, la tesis aparece bajo el rubro "PRIVACION DE DERECHOS AGRARIOS, REQUISITOS ESENCIALES DEL EMPLAZAMIENTO AL JUICIO DE.".