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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
247559
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 57

ALIMENTOS, HIJOS MAYORES DE EDAD. OBLIGACION DE PROPORCIONARLOS.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 57

Precedentes

Amparo en revisión 229/86. Ricardo Cantú Hernández. 17 de octubre de 1986. Unanimidad de votos. Ponente: Felipe García Cárdenas. Secretaria: María Mercedes Magaña Valencia. Nota: En el Informe de 1986, la tesis aparece bajo el rubro "ACREEDORES ALIMENTISTAS CUANDO LLEGAN A LA MAYORIA DE EDAD.".
Registro digital (IUS): 247559