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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
247565
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 61

APELACION DEL MINISTERIO PUBLICO. EL TRIBUNAL RESPONSABLE DE NO DEBE REBASARLA.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 61

Precedentes

Amparo directo 213/86. Oscar Alejandro Macías Cruz. 15 de agosto de 1986. Unanimidad de votos. Ponente: J. Guadalupe Torres Morales. Secretario: José Montes Quintero. Nota: En el Informe de 1986, la tesis aparece bajo el rubro "APELACION DEL MINISTERIO PUBLICO.".
Registro digital (IUS): 247565