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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 247585
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 75
ARRENDAMIENTO POR TIEMPO INDETERMINADO, AVISO DE TERMINACION DEL CONTRATO EFECTOS.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 75
El aviso a que se refiere el artículo 2478 del Código Civil, dado por el arrendador al inquilino, termina el contrato de arrendamiento, como ha interpretado jurisprudencialmente la Suprema Corte de Justicia, pero de aquí no cabe inferir que si el inquilino no desocupa en el plazo correspondiente, y el arrendador ejercita su acción con posterioridad a dicho plazo, éste carezca de acción para demandar la desocupación porque ya no existe el contrato; lo inaceptable deriva de que con el aviso de terminación, el arrendador adquiere el derecho de que se le restituya el bien arrendado dentro del plazo correspondiente, de modo que al negarse a ello el inquilino, surge el derecho del arrendador para acudir al órgano judicial a fin de obtener la condena del arrendatario y la correspondiente ejecución, previa declaración judicial de la existencia de los elementos de la terminación y, en su caso, de la incomprobación de las defensas opuestas.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 391/85. Mercería y Artículos de Bonetería "La Principal", S.A. 9 de mayo de 1986. Unanimidad de votos. Ponente: Rafael Corrales González. Secretario: Arturo Ramírez Sánchez.
Séptima Epoca, Sexta Parte:
Volúmenes 163-168, página 27. Amparo directo 894/82. Alicia Sánchez. 26 de agosto de 1982. Unanimidad de votos. Ponente: Rafael Corrales González. Secretario: Francisco D. Chowell Fernández.
Volúmenes 157-162, página 29. Amparo directo 264/82. Francisco Rodríguez Pereyra. 30 de junio de 1982. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Díaz Romero. Secretaria: Florida López Hernández.
Nota:
En los Volúmenes 163-168, página 27, esta tesis apareció bajo el rubro: "ARRENDAMIENTO, AVISO DE TERMINACION DEL. EFECTOS."; y en los Volúmenes157-162, página 29, bajo el rubro: "ARRENDAMIENTO AVISO DE TERMINACION DEL. EFECTOS DE LA NOTIFICACION DE TERMINACION DEL CONTRATO.".
En el Informe de 1982, la tesis aparece bajo el rubro "ARRENDAMIENTO POR TIEMPO INDEFINIDO, EFECTOS DE LA NOTIFICACION DE TERMINACION DEL CONTRATO.".
En el Informe de 1986, la tesis aparece bajo el rubro "ARRENDAMIENTO POR TIEMPO INDETERMINADO, EFECTOS DE LA NOTIFICACION DE TERMINACION DEL CONTRATO.".