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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 247590
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 79
ARRENDATARIO, CONYUGE DEL. EN VIDA DE ESTE NO ES TITULAR DE DERECHOS Y OBLIGACIONES EMANADOS DEL CONTRATO.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 79
A pesar de que la quejosa se encuentre unida en matrimonio con quien contrató el arrendamiento, no representa un interés jurídico distinto al de su cónyuge en relación con el contrato, ya que al formar parte del núcleo familiar nacido de aquella unión (y aun de otra unión libre) sólo participa del uso o goce de lo arrendado pero con ausencia absoluta, en vida del esposo, de cualquier derecho y obligación derivados del contrato.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 824/85.Concepción Hernández Pastrana de Ruiz. 28 de agosto de 1986. Unanimidad de votos. Ponente: José Becerra Santiago. Secretario: Gustavo Sosa Ortiz.