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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
247622
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 101

CADUCIDAD POR INACTIVIDAD PROCESAL NO REGULADA EN EL CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION. SUPLETORIEDAD INOPERANTE DEL ARTICULO 373, FRACCION IV, DEL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 101

Precedentes

Amparo directo 787/86. Balneario Bahía, S. A. 28 de agosto de 1986. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Alfredo Soto Villaseñor. Secretario: Juan Montes Cartas. Nota: En el Informe de 1986, la tesis aparece bajo el rubro "CADUCIDAD. FIGURA NO REGULADA EN EL CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION, EL ARTICULO 373, FRACCION IV, DEL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES NO ES APLICABLE SUPLETORIAMENTE.".
Registro digital (IUS): 247622