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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
247731
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 168

DESPIDO, NEGATIVA DEL, Y OFRECIMIENTO DEL TRABAJO CON DISMINUCION DE LA JORNADA, CASO QUE NO REQUIERE PRUEBA DE ESTA.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 168

Precedentes

Amparo directo 466/85. Agustín Escalante Barbosa. 25 de septiembre de 1986. Unanimidad de votos. Ponente: César Esquinca Muñoa. Secretario: Juan Manuel Alcántara Moreno. Nota: En el Informe de 1986, la tesis aparece bajo el rubro "OFRECIMIENTO DEL TRABAJO. CASO EN EL QUE NO SE REQUIERE PRUEBA DE LA JORNADA CONTROVERTIDA PARA CALIFICAR DE BUENA FE EL.".
Registro digital (IUS): 247731