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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
247748
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 180

DETENCION ARBITRARIA. NO ES REPARABLE EN AMPARO DIRECTO.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 180

Precedentes

Amparo directo 304/86. Felipe Vladimir Nájera García. 2 de septiembre de 1986. Unanimidad de votos. Ponente: Lucio Lira Martínez. Secretario: Miguel Angel Blake Gómez. Nota: En el Informe de 1986, la tesis aparece bajo el rubro "AMPARO DIRECTO. DETENCION ARBITRARIA ALEGADA EN EL. NO ES REPARABLE EN AMPARO DIRECTO.".
Registro digital (IUS): 247748