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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 247783
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 207
EMPLAZAMIENTO POR EDICTOS. LAS PUBLICACIONES RESPECTIVAS DEBEN SER HECHAS EN DIAS HABILES.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 207
Teniendo en cuenta que el emplazamiento es una actuación que constituye una de las formalidades esenciales del procedimiento por virtud de la cual se traba la relación procesal y sirve de base, además, para que le corra al demandado el término de ley a fin de que dé contestación a la demanda, debe practicarse en días hábiles, cualquiera que sea la forma empleada para su práctica, es decir, bien sea que se realice personalmente por el diligenciario, por exhorto o mediante edictos.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 1154/85. Eustaquio Ruiz Martínez. 18 de febrero de 1986. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario:Jorge González Alvarez.